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NOTA 1: Este equipo se ha probado y encontrado de conformidad con
los límites para un dispositivo digital Clase B, de acuerdo con la parte 15
de las reglas de la FCC. Estos límites están diseñados para proporcionar
una protección razonable contra la interferencia perjudicial en una
instalación residencial. Este equipo genera, usa y puede irradiar energía
de radio frecuencia y, si no se instala y usa de conformidad con las
instrucciones, puede causar interferencia perjudicial a las
comunicaciones por radio. Sin embargo, no existe garantía de que la
interferencia no ocurrirá en una instalación particular. Si este equipo sí
causa una interferencia perjudicial a la recepción de radio o televisión,
que se puede determinar encendiendo y apagando el equipo, se anima
al usuario a tratar de corregir la interferencia mediante una o más de las
siguientes medidas:
- Reorientar o reubicar la antena receptora.
- Aumentar la separación entre el equipo y el receptor.
- Conectar el equipo en un tomacorriente en un circuito diferente al que
está conectado el receptor.
- Consultar al distribuidor o a un técnico experimentado en radio/TV para
ayuda.
NOTA 2: Todos los cambios o modificaciones no aprobados
expresamente por el fabricante pueden invalidar la autoridad del usuario
para operar el equipo.
NOTA 3: El fabricante no es responsable por cualquier interferencia de
radio o TV causada por modificaciones no autorizadas a este equipo.
Dichas modificaciones podrían invalidar la autoridad del usuario para
operar el equipo.
Regulaciones de la FCC de compatibilidad de audífonos (HAC) para
dispositivos inalámbricos
El 10 de julio de 2003, el informe y orden de la Comisión Federal de
Comunicaciones (FCC) de los EE.UU. en el Legajo WT 01- 309 modificó